A todas las personas naturales interesadas en conformar el banco de hojas de vida para el proceso de verificación de requisitos y evaluación de competencias, para la designación de Jefes de Control Interno de la Gobernación de Nariño, las empresas sociales del estado del nivel departamental, establecimientos públicos descentralizados y empresas industriales y Comercial del Estado del orden departamental, adscritas y/o vinculadas, para el periodo 2026 – 2029.
Es pertinente señalar que el proceso de conformación del banco de hojas de vida que se adelantará no constituye un concurso público de méritos, ni convocatoria que genere derechos de carrera administrativa o cualquier otro tipo de derechos o expectativas para el acceso al empleo, razón por la cual los resultados que se describen de este proceso no constituye conformación de lista de elegibles y en ningún caso limita la facultad discrecional del nominador.
Por lo tanto, en seguimiento de lo estipulado en el artículo 2 2.1.4.4.1 del Decreto 1083 de 2015, el nombramiento del jefe, director o responsable de control interno se realizará teniendo en cuenta los méritos de los participantes para la construcción del banco de hojas de vida y de conformidad la facultad discrecional atribuida por la Ley 1474 de 2011 a las autoridades territoriales.