Fallo judicial del Rio Guitara

Descripción:    Se publican documentos de la Subsecretaría de Economía Regional y Agua Potable – PDA Nariño, en cumplimiento del fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Nariño sobre el Río Guáitara.

1.1-Informe-FIRMADO_Monitoreo_Calidad_Agua_RIo_Blanco_feb2025.pdf

Listado-de-asistencia.pdf

Reunion-COTSA-17-02-2025.pdf

MATRIZ-CUMPLIMIENTO-FALLO-ACCION-POPULAR-RIO-GUAITARA-V2-1.pdf

Oficio-SPD-PDA-G-0399-02-de-fecha-21-03-2025-1.pdf

Informe generado a diciembre de 2024 y sus anexos

Descripción:    Oficio SPD-PDA-G-1308-02 de fecha trece (13) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), suscrito por el Doctor John Paulo Coral Oviedo en calidad de Subsecretario de Economía Regional y Agua Potable, cuyo nombre de publicación debe ser “INFORME DE ACCIONES ADELANTADAS POR EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO FRENTE A LA ACCIÓN POPULAR DEL RÍO GUAITARA”, el cual deberá ubicarse a continuación de la Tercera Reunión del Comité de Verificación de Cumplimiento del Fallo y deberá contener como descripción “INFORME DE ACTIVIDADES ACCIÓN POPULAR DEL RÍO GUAITARA”.

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Descripción: Tercera (3ra) Reunión del Comité de Verificación de cumplimiento del fallo proferido dentro de la presente acción popular.

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Descripción:  Segunda (2da) Reunión del Comité de Verificación de cumplimiento del fallo proferido dentro de la presente acción popular. 

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Descripción: Copia del acta de la Primera Reunión del Comité de Verificación de Cumplimiento de fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), cuyo nombre de publicación debe ser “PRIMERA REUNIÓN DEL COMITÉ DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL FALLO”, deberá ubicarse en la primera sección a continuación de la sentencia y deberá contener como descripción “PRIMERA (1RA) REUNIÓN DEL COMITÉ DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL FALLO PROFERIDO DENTRO DE LA PRESENTE ACCIÓN POPULAR

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 Descripción: Sentencia de fecha veinte (20) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño, cuyo nombre de publicación debe ser “SENTENCIA ACCIÓN POPULAR RÍO GUAITARA”, deberá ubicarse en la primera sección por ser la decisión de fondo de dicho asunto y finalmente deberá contener como descripción “SENTENCIA POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARÓ AL RÍO GUAITARA , SU CUENCA Y SUS AFLUENTES COMO SUJETOS DE DERECHOS A LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y RESTAURACIÓN A CARGO DEL ESTADO Y DE LAS COMUNIDADES QUE HABITAN EN EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO POR DONDE HACE SU RECORRIDO”

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